Gananciales y separación de bienes

Escrito por Juan Gomez De Laserna

Abogado de familia y colaborador en medios especializados


El régimen económico matrimonial, determinante en la distribución de bienes durante un divorcio, puede ser de gananciales o de separación de bienes. Cada uno tiene implicaciones distintas en cuanto a propiedad y responsabilidad financiera, siendo crucial conocer sus diferencias y aplicaciones.

Explicación de la diferencia entre régimen de gananciales y separación de bienes

El régimen de gananciales y la separación de bienes son dos formas de régimen económico matrimonial que establecen la propiedad y gestión del patrimonio en una pareja casada.

Régimen de Gananciales: Este régimen se basa en la presunción de que ambos cónyuges contribuyen por igual al sostenimiento del hogar y al incremento del patrimonio común, independientemente de que uno de los cónyuges no trabaje fuera de casa. Bajo este régimen, todos los bienes adquiridos durante el matrimonio, ya sea por compra o herencia, son propiedad de ambos cónyuges a partes iguales.

Separación de Bienes: En este régimen, cada cónyuge es dueño de su patrimonio y puede administrarlo como desee. Los bienes adquiridos antes y durante el matrimonio son propiedad individual de cada uno. Las deudas contraídas por uno de los cónyuges también son responsabilidad solo de ese cónyuge. Aquí, no se presume una contribución igual al hogar.

Cómo pasar de régimen de gananciales a separación de bienes: requisitos y pasos a seguir

Para pasar de régimen de gananciales a separación de bienes hay que seguir algunos pasos y cumplir ciertos requisitos.

Requisitos:
– Ambos cónyuges deben estar de acuerdo con el cambio.
– No se puede hacer el cambio si hay procedimientos judiciales en curso relacionados con el matrimonio.
– No se puede cambiar el régimen si hay deudas que afecten a los bienes comunes.

Pasos a seguir:

1. Acuerdo: Ambos cónyuges deben acordar el cambio de régimen económico.

2. Documentación: Deberán aportar la documentación necesaria, incluyendo el certificado de matrimonio y el DNI de ambos cónyuges.

3. Notario: Deberán acudir a un notario para firmar una escritura pública de cambio de régimen económico.

4. Inscripción: La escritura debe ser inscrita en el Registro Civil y en el de la Propiedad.

5. Liquidación de gananciales: Se deben liquidar los bienes gananciales, es decir, repartir los bienes comunes.

Ten en cuenta que este proceso puede tener un coste económico, que incluirá los honorarios del notario y los gastos de inscripción en los registros. También puede haber impuestos asociados a la liquidación de los bienes gananciales. Te recomendamos que consultes con un abogado o un asesor para que te oriente en todo este proceso.

Si estás interesado en el régimen de gananciales y separación de bienes, es vital que te informes correctamente antes de tomar una decisión. La elección entre uno y otro puede tener un gran impacto en tu futuro financiero y personal.
El régimen de gananciales implica que todas las ganancias y pérdidas durante el matrimonio se comparten entre los cónyuges. Por otro lado, la separación de bienes significa que cada cónyuge mantiene la propiedad y control de sus bienes adquiridos antes y durante el matrimonio.
La elección depende de tu situación personal y tus expectativas a largo plazo. Si valoras la independencia financiera, puede que te convenga más la separación de bienes. Sin embargo, si prefieres compartir riesgos y beneficios, los gananciales podrían ser la mejor opción.
Recuerda que es necesario obtener asesoramiento jurídico antes de tomar una decisión tan importante.

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