Donar en vida o hacer testamento

Escrito por Juan Gomez De Laserna

Abogado de familia y colaborador en medios especializados

En muchas ocasiones, nos enfrentamos a la pregunta recurrente en nuestro despacho: ¿Es mejor donar en vida o dejar un testamento para transmitir el patrimonio a nuestros seres queridos? Es importante destacar que estas son dos alternativas totalmente diferentes. En ocasiones, cuando visualizamos posibles conflictos hereditarios en el futuro, aconsejamos a nuestros clientes que opten por la transmisión mediante donación antes de su fallecimiento.

Si estás considerando iniciar un proceso de donación a tus hijos o nietos, y por ende, transferir tu patrimonio antes de tu fallecimiento, hay varios aspectos a tener en cuenta. La primera consideración crucial es la fiscal, ya que es fundamental determinar los impuestos que se aplicarán y las posibles bonificaciones disponibles en dichos impuestos.

En el caso de donaciones en Madrid, es importante destacar que estas están bonificadas en un 99% de la cuota tributaria. Esto supone un beneficio significativo a tener en cuenta al momento de decidir cómo deseas transmitir tus bienes.

  • Impuestos: Analizar los impuestos que se aplicarán a la donación y las bonificaciones disponibles.
  • Conflictos: Anticipar posibles conflictos familiares y buscar la mejor forma de evitarlos.
  • Beneficios Fiscales: Aprovechar las ventajas fiscales que puedan existir en la zona donde se realice la donación.

En resumen, la decisión entre donar en vida o dejar un testamento para transmitir tu patrimonio dependerá de diversos factores, entre ellos aspectos fiscales, familiares y personales. Es fundamental asesorarse con expertos en la materia para tomar la mejor decisión acorde a tus circunstancias particulares.

Optimizando la Tributación en Donaciones y Herencias

Al realizar una donación a sus hijos, es fundamental comprender cómo afectará esto a nivel tributario. En la mayoría de los casos, las donaciones entre cónyuges y de padres a hijos gozan de beneficios fiscales significativos que pueden hacer que el proceso sea más favorable desde el punto de vista financiero.

Beneficios Fiscales en Donaciones a Hijos

Al efectuar una donación a sus hijos, es importante tener en cuenta que existe una bonificación del 99% sobre la cuota tributaria. Esto significa que, si habitualmente tendría que pagar, por ejemplo, 5000 euros en impuestos, gracias a esta bonificación solo tendría que abonar el 1% de esa cantidad. En términos fiscales, resulta muy beneficioso tributar por esta donación.

Sin embargo, es necesario considerar que, además de la cuota tributaria, en el caso de las donaciones también se debe abonar la plusvalía municipal. Esta tasa también afecta a las herencias, por lo que es un factor a tener en cuenta tanto en donaciones como en procesos hereditarios.

Implicaciones Fiscales en Plusvalía Municipal

La plusvalía municipal es un impuesto que gravará tanto las donaciones como las herencias. Es importante tener presente que, si bien la bonificación sobre la cuota tributaria en las donaciones puede resultar atractiva, la plusvalía municipal será un costo adicional que deberá ser considerado en el proceso.

En resumen, tanto en el caso de donaciones como en el de herencias, la plusvalía municipal es un factor a tener en cuenta en términos fiscales. Si bien la bonificación sobre la cuota tributaria puede hacer que la donación resulte más económica desde el punto de vista fiscal, es esencial considerar todos los impuestos y costos asociados a estos procesos para tomar decisiones financieras informadas.

Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la Comunidad de Madrid

El impuesto de sucesiones en la herencia está bonificado en la Comunidad de Madrid. Entre hijos, esta bonificación es significativa, aunque no tanto como en el caso de las donaciones. Sin embargo, la diferencia en el gravamen fiscal no es muy grande.

Consideraciones Importantes

La relevancia de este tema radica en la posibilidad de que algunas donaciones puedan ser consideradas inoficiosas y deban ser tomadas en cuenta dentro de la herencia. Según la ley o el Código Civil, nadie puede disponer en vida de lo que no pueda disponer en muerte. Esto significa que no es posible deshacerse de todo el patrimonio antes de fallecer, dejando a los hijos sin herencia.

En el caso de los hijos, estos tienen el derecho a la legítima estricta, que garantiza que un tercio de la herencia esté bloqueado para ellos. Esto implica que, al momento de planificar la distribución de los bienes, es fundamental tener en cuenta este aspecto para evitar posibles conflictos legales en el futuro.

Entendiendo la Legítima en una Herencia con más de un Hijo

En el caso de que existan varios hijos en una herencia, es importante comprender cómo se distribuye la Legítima, que constituye dos tercios de la herencia. Sin embargo, surge la pregunta: ¿qué sucede si solo hay un hijo? En este escenario, ese hijo heredaría la totalidad de la Legítima, que está protegida por ley y no puede ser dispuesta libremente.

Donación Inoficiosa y su Impacto en la Legítima

Si un progenitor decide realizar una donación que perjudique la Legítima, esta acción se conoce como donación inoficiosa. Es decir, se estaría afectando la parte legítima que corresponde a cada heredero. Para evitar este conflicto, es posible establecer en el testamento que dicha donación no sea considerada colacionable, es decir, que no se tome en cuenta al momento de distribuir la herencia.

Al efectuar la transmisión de dicha donación, se debe dejar constancia en la escritura que esta donación no tendrá efectos colacionables, es decir, no se sumará al cálculo de la parte legítima de los herederos. De esta manera, se evita que la donación perjudique los derechos hereditarios de los beneficiarios legítimos.

Optimizando la Herencia: Claves para Gestionar el Patrimonio Familiar

La Importancia de Definir la Colación en la Herencia

Al considerar la gestión de la herencia familiar, es crucial comprender el impacto de la colación en el activo del inventario hereditario. Si no se especifica, cualquier donación realizada se incluirá en la masa hereditaria y, por ende, se imputará dentro de la parte legítima de la herencia.

Para evitar este escenario, es fundamental determinar si la donación debe o no ser colacionable, lo cual implica un proceso legal y notarial. Se sugiere revisar la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo para orientarse en esta decisión y, de optar por excluir una donación de la colación, se debe dejar constancia en el testamento.

La jurisprudencia establece que cualquier transmisión realizada antes del testamento puede considerarse no colacionable, siempre que se especifique tanto en la escritura de donación como en el testamento. Este paso es clave para garantizar que la donación quede fuera del inventario hereditario, según lo dictaminado por el Tribunal Supremo.

En resumen, es esencial definir claramente la colación de bienes en la herencia familiar, siguiendo las pautas legales y jurisprudenciales pertinentes para una correcta gestión del patrimonio familiar.

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