Modelo recurso de reforma penal

Noticia – Rechazan el recurso de María Salmerón para eludir
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El objeto de este trabajo es realizar un análisis crítico de la reforma prevista en el “Anteproyecto de Ley de medidas de eficiencia procesal de la justicia pública” en relación con el régimen de los recursos extraordinarios en el ámbito civil y, más concretamente, en lo que se refiere a su admisión. Así, con la reforma proyectada, que toma como referencia clave el modelo del recurso contencioso-administrativo, se elimina el recurso extraordinario por infracción procesal; y sólo queda el recurso de casación. Dicho recurso se fundamenta en el interés casacional de la interpretación de las normas sustantivas y procesales aplicables, con independencia del tipo o cuantía del pleito.
Noticia – The Mayor of Almogía is convicted for prevarication
In accordance with the provisions of Section I of Article 89 of the Political Constitution of the United Mexican States, and for its due publication and observance, I hereby issue this Decree in the Residence of the Federal Executive Power, in Mexico City, Federal District, on the following day.
In accordance with the provisions of Section I of Article 89 of the Political Constitution of the United Mexican States, and for its due publication and observance, I hereby issue this Decree in the Residence of the Federal Executive Power, in the City of Mexico, Federal District, on the twenty-first day of the month of December, 2008, in the City of Mexico, Federal District, on the twenty-first day of December, 2008, in the City of Mexico, Federal District.
In accordance with the provisions of Section I of Article 89 of the Political Constitution of the United Mexican States, and for its due publication and observance, I hereby issue this Decree in the Residence of the Federal Executive Power, in the City of Mexico, Federal District, on the second day of the month of December of the following year, in the City of Mexico, Federal District, on the second day of the month of December of the following year.
of the provisions of Section I of Article 89 of the Political Constitution of the United Mexican States, and for its due publication and observance, I hereby issue this Decree in the Residence of the Federal Executive Power, in the City of Mexico, Federal District, on the twelfth day of the month of December, 2008.
Constrastes-entrevista: Julio Fuentes, sociólogo
dc.description.abstractEl proyecto de reforma del Libro VI del CIC elaborado por el PCTL subraya el restablecimiento de la justicia entre los fines de la pena, al tiempo que supone un endurecimiento del derecho penal recogido en el Código. Esto se aprecia, por ejemplo, en el aumento de los delitos y de las penas obligatorias, así como en el principio general de castigar los delitos imputables por culpa. Por un lado, el proyecto limita el espacio que concede el CIC a la discrecionalidad de las autoridades eclesiásticas en la toma de decisiones; y, por otro, favorece la intervención de la potestad ejecutiva al ampliar las posibilidades de recurrir al proceso administrativo y fomentar el uso del precepto penal. Entre las novedades del proyecto destaca el énfasis que pone en las penas expiatorias, dándoles un tratamiento más detallado y fomentando de distintas maneras que se recurra a ellas.es_ES
dc.description.abstractLa propuesta de reforma del Libro VI del CIC elaborada por el PCLT destaca la restauración de la justicia entre los fines de la pena canónica, y contempla un endurecimiento del derecho penal contenido en el Código. Esto se refleja, por ejemplo, en el aumento del número de delitos y penas obligatorias, y en el principio general de castigo de los delitos imputables por razón de culpabilidad. Por un lado, el proyecto de reforma limita el espacio de decisión discrecional concedido a la autoridad eclesiástica en el Código; y, por otro, favorece el uso del poder ejecutivo ampliando la aplicabilidad del proceso de recurso administrativo y fomentando el uso de sanciones penales. Entre las novedades de la reforma propuesta destaca el énfasis puesto en las penas expiatorias, que son tratadas con mayor detalle, especialmente en lo que se refiere a las formas en que pueden ser invocadas.es_ES
El Congreso aprueba la eliminación del delito de sedición
estudio en la causal de nulidad establecida por el artículo 374 letra f) Código Procesal Penal Chileno. Dicho artículo establece lo que la doctrina llama el Principio de Congruencia. Sin embargo, no existe un consenso entre la doctrina y la jurisprudencia en cuanto al alcance de este principio, lo que genera una especie de
incertidumbre para los intervinientes del proceso penal, objeto por el cual nace la propuesta de esta investigación que se llevará a cabo a través de un estudio documental, considerando a la norma, la doctrina y la jurisprudencia como las
La modificación al sistema de impugnación de la sentencia del Tribunal Oral, introducida por la Reforma Procesal Penal en Chile, estableció como única vía para oponerse a ella, el recurso de nulidad, el cual, como todo recurso, requiere de una causal que se configure, es por ello que centramos nuestro estudio en la causal de nulidad establecida por el artículo 374
doctrina y jurisprudencia sobre el alcance de este principio, creando una especie de incertidumbre para los intervinientes en el proceso penal, objeto de la propuesta que nace de esta investigación se está realizando a través de una revisión documental, retomando la norma, doctrina y jurisprudencia como principales fuentes de conocimiento.